Qué suele facturar un diseñador freelance
- Proyectos cerrados de identidad visual, branding o diseño web (precio pactado por entregables).
- Horas o jornadas de UX/UI, prototipado, diseño de producto o maquetación.
- Igualas de retención creativa: una tarifa mensual fija a cambio de horas garantizadas.
- Licencias de uso ampliado de piezas ya creadas (uso en medios pagados, uso exclusivo, territorios adicionales).
- Ilustraciones por encargo o assets sueltos (iconografía, bancos internos, motion stills).
- Conceptualización y supervisión de producción (dirección de arte).
Modelos de contrato y tarifas habituales
El modelo de contrato determina cómo estructuras la factura, las condiciones de pago y qué pasa si el cliente pide más de lo acordado.
- Proyecto cerrado (precio fijo): presupuesto aprobado por entregables. En la factura describes el proyecto y los entregables, no las horas. Es el más común para branding y diseño web.
- Tarifa horaria o diaria: adecuada para iteraciones continuas o proyectos con alcance indefinido. La factura refleja horas × tarifa o días × tarifa. Adjunta o menciona el parte de horas si el cliente lo requiere.
- Iguala mensual: bolsa de horas (por ejemplo, 20 horas/mes) o disponibilidad creativa fija. La factura es recurrente con la misma base imponible cada mes, cambiando solo número, fecha y periodo.
- Licencia de uso: si creas un activo (logotipo, sistema de ilustración, fuente) y el cliente quiere usarlo más allá del uso básico, puedes emitir una factura separada por la licencia. El precio depende del medio, territorio y duración.
Derechos de uso y propiedad intelectual en diseño
En España, la Ley de Propiedad Intelectual reconoce al diseñador como autor de las obras originales. Esto tiene consecuencias prácticas en la factura:
- Cesión de derechos de uso básica (incluida en el precio del proyecto): el cliente puede usar la pieza para el fin acordado (web corporativa, campaña concreta). No incluye uso en publicidad masiva, licencias de terceros ni uso internacional sin pacto.
- Uso ampliado o exclusivo: si el cliente quiere uso exclusivo, usarlo en publicidad de pago (Google Ads, redes sociales de pago), en televisión o en mercados adicionales, se pacta y factura aparte como licencia.
- Stock y assets de terceros: si incluyes fuentes, fotografías o ilustraciones con licencia de pago, el coste puede repercutirse en la factura como suplido o incluirse en la base. Documenta siempre qué licencias usaste.
- Fuentes tipográficas: las licencias de uso de tipografías comerciales suelen limitarse al diseñador; el cliente necesita su propia licencia para usar la fuente en web o en producción. Comunícalo por escrito.
Qué datos debe incluir la factura
- Tus datos: nombre, NIF y dirección.
- Datos del cliente: nombre/empresa, NIF/CIF y dirección.
- Número y serie de factura, fecha de emisión.
- Descripción del trabajo: entregables, alcance, periodo de uso si hay licencia.
- Base imponible, IVA (21 %) y, si aplica, retención de IRPF.
- Total a pagar y forma/cuenta de cobro.
IVA e IRPF: lo esencial para diseñadores
Los servicios de diseño en España llevan IVA al 21 % con carácter general. Si el cliente es empresa española, aplica también retención de IRPF del 15 % (7 % el año de inicio de actividad y los dos ejercicios siguientes). Para clientes UE o extranjeros las reglas cambian; consulta la guía sobre facturar a clientes extranjeros y la de IVA en facturas para los casos detallados.
Punto específico del diseño: ceder derechos de autor sobre una obra no cambia el tipo de IVA ni exime de IRPF cuando el cliente es empresa española. La cesión de derechos va en la misma factura que el servicio, con el 21 % de IVA salvo que tu asesor determine una exención muy concreta.
Gastos habituales que suelen deducirse
En diseño, la mayoría de los gastos son herramientas de software y hardware. La regla general es que el gasto esté afecto a la actividad y tengas factura a tu nombre como autónomo.
- Software de diseño: Adobe Creative Cloud, Figma (plan profesional), Sketch, Affinity, Notion, Abstract, Zeplin, plugins de pago.
- Fuentes tipográficas y assets: licencias de tipografías, bancos de ilustración o fotografía usados en proyectos.
- Hardware: ordenador, monitor adicional, tableta gráfica (Wacom, iPad Pro), periféricos y su amortización (normalmente en varios ejercicios si superan el límite anual).
- Internet y móvil: parte proporcional si los usas para la actividad (no el 100 % si también es personal).
- Formación específica: cursos de diseño, UX, tipografía, motion; libros y conferencias profesionales.
- Hosting y dominios: si tienes portfolio online, web profesional o herramientas de entrega al cliente (Behance Pro, InVision, Loom…).
- Almacenamiento en la nube: para archivos de proyecto, backups y entrega de assets a clientes.
Ejemplo de factura con licencia de uso incluida
Marta, diseñadora UX/UI freelance en Barcelona (2.º año de actividad), entrega a una agencia española el rediseño de una landing page. El presupuesto incluye diseño + prototipo + cesión de uso básica para web.
- Diseño y prototipo landing: 1.200,00 €
- Licencia de uso digital ampliado (uso en Meta Ads 12 meses): 300,00 €
- Base imponible: 1.500,00 €
- IVA 21 %: +315,00 €
- Retención IRPF 7 % (2.º año de alta): −105,00 €
- Total a cobrar: 1.710,00 €
La agencia paga 1.710 € e ingresa los 105 € de retención en su modelo 111.
Errores frecuentes
- No describir el alcance de la cesión de derechos (medio, territorio, duración), lo que genera disputas posteriores.
- Olvidar la retención de IRPF al facturar a empresa española.
- Aplicar el 7 % reducido más allá del año de inicio y los dos ejercicios siguientes.
- Facturar sin IVA a empresa UE sin estar en el ROI ni validar el NIF en VIES.
- Repercutir licencias de stock sin documentar qué licencia compraste y cuándo.
- Deducir el 100 % del móvil o el portátil aunque también los uses en personal.
¿El logotipo que diseño tiene IVA?
Sí, 21 %. La creación de un logotipo es una prestación de servicios profesionales sujeta a IVA al tipo general. No hay exención por tratarse de una obra creativa cuando la actividad es empresarial.
¿Cómo facturo si el cliente quiere el código fuente del diseño web?
Si entregas únicamente archivos de diseño (Figma, XD, PSD), es diseño. Si además programas el front-end, puedes incluirlo todo en la misma factura describiendo ambos entregables, o emitir facturas separadas. El IVA e IRPF son los mismos en cualquier caso.
¿Qué IVA pongo en una factura de diseño a una empresa de EE. UU.?
Normalmente ninguno: es exportación de servicios fuera de la UE y la factura va sin IVA. Se declara en la casilla correspondiente del modelo 303.
¿Puedo deducir Adobe Creative Cloud?
Sí, es un software directamente vinculado a tu actividad. Guarda las facturas mensuales o anuales a tu nombre de autónomo.
¿Tengo que presentar el modelo 130?
Solo si más del 70 % de tus ingresos no llevan retención de IRPF. Si la mayoría de tus clientes son empresas españolas con retención, normalmente no.
¿Puedo cobrar por revisiones adicionales?
Sí. Si tu presupuesto fijaba un número de revisiones y el cliente las supera, puedes facturar las adicionales. Documenta el acuerdo original y las peticiones adicionales por escrito.