¿Cuándo se aplica IRPF?
Se aplica retención de IRPF cuando se cumplen las tres condiciones:
- Eres un profesional (epígrafe de actividades profesionales del IAE), no comerciante puro.
- Facturas a una empresa o autónomo establecido en España.
- La operación se realiza en territorio español.
Si facturas a un particular, no se aplica IRPF. Si facturas fuera de España, normalmente tampoco.
¿Qué tipo aplico?
- 15 % con carácter general.
- 7 % los dos primeros años naturales desde el alta, si lo comunicas al cliente.
- Tipos especiales en ciertas actividades agrícolas, ganaderas y profesionales muy concretas.
Ejemplo de cálculo
Servicios profesionales: 1.000,00 €
+ IVA 21 %: 210,00 €
– IRPF 15 %: −150,00 € (sobre la base, no sobre el IVA)
Total a cobrar: 1.060,00 €
El cliente te paga 1.060 € e ingresa los 150 € de IRPF directamente en Hacienda en tu nombre.
Errores frecuentes
- Aplicar IRPF a clientes particulares (no toca).
- Calcular el IRPF sobre el total con IVA (es sobre la base imponible).
- Olvidarse del 7 % los primeros años si te interesa por liquidez.
- No revisar que el cliente esté en España para aplicar la retención.
Esta guía es orientativa. Hay actividades con reglas específicas (artistas, agrícolas, profesionales con epígrafes mixtos…). Confirma tu caso con tu asesor.
