Qué suele facturar un consultor autónomo
- Horas o jornadas de consultoría puntual.
- Proyectos cerrados (auditorías, planes estratégicos, formación a medida).
- Igualas mensuales: una cuota fija recurrente por disponibilidad o seguimiento.
- Workshops, talleres y mentorías individuales.
Qué datos debe incluir la factura
- Tus datos como autónomo: nombre, NIF y dirección.
- Datos del cliente: razón social, NIF/CIF y dirección.
- Número y serie de factura y fecha de emisión.
- Descripción clara del servicio (alcance, periodo, entregables).
- Base imponible, IVA si aplica e IRPF si aplica.
- Total y forma de cobro (transferencia, número de cuenta).
Cuándo aplica IVA
- Cliente español: 21 % en la inmensa mayoría de consultorías.
- Empresa UE con NIF-IVA validado en VIES y tú en el ROI: sin IVA por inversión del sujeto pasivo.
- Cliente fuera de la UE: normalmente sin IVA como exportación de servicios.
- Particular UE: normalmente IVA español del 21 %.
Cuándo aplica IRPF
Aplica cuando facturas a una empresa o autónomo en España: 15 % general o 7 % los dos primeros años desde el alta. A particulares y a clientes extranjeros, no se aplica retención en factura.
Gastos habituales que suelen deducirse
- Software profesional: Notion, herramientas de presentación, CRM, suite ofimática.
- Formación y libros relacionados con tu área (sectores, metodologías, certificaciones).
- Internet y parte proporcional del móvil.
- Desplazamientos y dietas cuando van directamente vinculados a la actividad y están bien justificados.
- Coworking o gastos proporcionales de oficina en casa, con los requisitos correspondientes.
Ejemplo simple de factura
Lucía, consultora de marketing freelance en Bilbao (más de 2 años de actividad), tiene una iguala mensual con un cliente español por 1.500 €/mes.
- Base imponible: 1.500,00 €
- IVA 21 %: +315,00 €
- Retención IRPF 15 %: −225,00 €
- Total a cobrar: 1.590,00 €
Cada mes emite una factura con la misma estructura, cambiando solo número, fecha y, si aplica, descripción del periodo.
Errores frecuentes
- No reflejar el periodo o el alcance de la iguala mensual en la descripción.
- Olvidar la retención de IRPF al facturar a empresa española.
- Asumir exención de IVA sin confirmar que tu actividad concreta está realmente exenta.
- Deducir comidas o desplazamientos sin justificación clara de su relación con un cliente o proyecto.
- Cambiar el precio en mitad de un proyecto sin reflejarlo con factura rectificativa o nuevo presupuesto.
¿Tengo que poner IVA en una iguala mensual?
Sí, salvo casos muy específicos de exención. La iguala es un servicio recurrente y se factura como cualquier otra consultoría.
¿Cómo facturo dietas y desplazamientos al cliente?
Si el cliente los paga, normalmente se repercuten en factura como parte del servicio (con IVA y retención si aplican). Para deducírtelos como gasto, deben estar bien justificados y vinculados a la actividad.
¿Qué pasa si firmo un NDA pero quiero detallar entregables?
Puedes describir el servicio de forma general ("consultoría estratégica, periodo X") sin revelar información confidencial. Lo importante es que sea identificable.
¿Tengo que presentar el modelo 130?
Solo si menos del 70 % de tus ingresos llevan retención de IRPF. Si la mayoría son a empresas españolas con retención, normalmente no.
¿Puedo facturar como sociedad limitada en vez de autónomo?
Sí, pero deja de ser una factura de autónomo: cambian la fiscalidad y las obligaciones. Antes de constituir SL, valóralo con un asesor según tu volumen.