Guía por profesión

Facturas para consultores autónomos

Actualizado en 2026 · Lectura 7 min

Como consultor autónomo, lo habitual es facturar servicios profesionales con IVA al 21 % y retención de IRPF si el cliente es empresa española. Pero hay cuestiones específicas de la consultoría que generan dudas: ¿la formación lleva IVA? ¿Cómo facturo las dietas y desplazamientos? ¿Y si tengo una iguala con un NDA que me impide detallar el trabajo? Esta guía entra en esos matices.

En esta guía

Qué suele facturar un consultor autónomo

Modelos de contrato: iguala, proyecto e hitos

El tipo de contrato determina cómo estructuras la factura y qué información incluyes en la descripción.

Si tienes un NDA que te impide detallar el trabajo, puedes describir el servicio de forma general en la factura: 'Consultoría estratégica, periodo junio 2026' sin revelar información confidencial. Lo importante es que el servicio sea identificable para Hacienda; no necesitas escribir lo que hiciste punto por punto.

Formación: ¿con o sin IVA?

Es uno de los puntos que más confusión genera. La regla general es:

Nunca emitas una factura de formación sin IVA basándote únicamente en que 'suena a formación'. Comprueba con tu asesor si tu actividad concreta encaja en alguna exención antes de aplicarla.

Dietas y desplazamientos: cómo facturarlos y deducirlos

Si el proyecto exige desplazarse (reuniones presenciales, visitas a instalaciones del cliente, jornadas en otra ciudad), hay dos cuestiones distintas:

IVA e IRPF: lo esencial para consultores

La consultoría en España lleva IVA al 21 % con carácter general (con las excepciones de formación ya descritas). Si el cliente es empresa o autónomo español, aplica retención de IRPF del 15 % (7 % el año de inicio de actividad y los dos ejercicios siguientes). Para clientes UE o internacionales, consulta la guía de facturar a clientes extranjeros y la de IVA en facturas para los casos detallados.

Gastos habituales que suelen deducirse

Ejemplo de iguala mensual con desplazamiento repercutido

Lucía, consultora de operaciones freelance en Bilbao (más de 2 años de actividad), tiene una iguala mensual de 1.500 € con un cliente español y en abril se desplaza a sus instalaciones en Madrid.

Lucía guarda los billetes de AVE y la factura del hotel para justificar el gasto ante Hacienda.

Errores frecuentes

¿Tengo que poner IVA en una iguala mensual?

Sí, salvo casos muy específicos de exención. La iguala es un servicio recurrente y se factura como cualquier otra consultoría: con IVA al 21 % y retención de IRPF si el cliente es empresa española.

¿La formación in-company lleva IVA?

En general sí, al 21 %, porque los talleres a medida para equipos no suelen cumplir los requisitos de exención de IVA educativo. La exención requiere autorización oficial o reconocimiento específico. Compruébalo con tu asesor antes de emitir sin IVA.

¿Cómo facturo dietas y desplazamientos al cliente?

Los incluyes en la factura como concepto adicional con IVA al 21 % y retención de IRPF si aplica. Guarda siempre el justificante (billete, factura de hotel, ticket de taxi) para poder demostrar el gasto.

¿Qué pasa si firmo un NDA pero quiero describir el servicio?

Puedes describir el servicio de forma general ('Consultoría estratégica, periodo X') sin revelar información confidencial. Lo importante es que sea identificable para Hacienda.

¿Tengo que presentar el modelo 130?

Solo si menos del 70 % de tus ingresos llevan retención de IRPF. Si la mayoría son a empresas españolas con retención, normalmente no.

¿Puedo facturar como sociedad limitada en vez de autónomo?

Sí, pero deja de ser una factura de autónomo: cambian la fiscalidad y las obligaciones. Antes de constituir SL, valóralo con un asesor según tu volumen.

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Esta guía es informativa y orientativa. No sustituye al asesoramiento fiscal personalizado. Cada situación es distinta: si tienes dudas, consulta con tu asesor.