Los tres requisitos clásicos
- Vinculado a la actividad. Tiene que tener sentido para lo que haces.
- Justificado. Factura completa a tu nombre y NIF.
- Registrado. Apuntado en tus libros de gastos e inversiones.
Gastos que suelen deducirse
- Cuota mensual de autónomo (RETA).
- Gestoría y asesoría.
- Software profesional (Frilanz, suscripciones SaaS, hosting…).
- Material de oficina y consumibles.
- Formación relacionada con tu actividad.
- Equipos: ordenador, móvil, cámara, etc. (vía amortización si superan ciertos importes).
- Cuota de colegio profesional si tu actividad lo exige.
- Publicidad, marketing, dominio web.
Casos típicos que generan dudas
- Móvil: deducible la parte profesional. Si usas la misma línea para todo, suele aceptarse un porcentaje (no el 100 %).
- Coche: la regla general es restrictiva para profesionales (no se suele admitir al 100 % salvo en algunas actividades como taxistas, transportistas o comerciales). El IVA puede deducirse al 50 %.
- Oficina en casa: puedes deducir un porcentaje de los suministros (luz, agua, internet) en función de los metros afectos a tu actividad declarados en el modelo 036/037.
- Comidas y dietas: con límites diarios y siempre que estén relacionadas con la actividad.
Esta lista es orientativa y no exhaustiva. Las reglas dependen de tu actividad, epígrafe y régimen fiscal. Si tienes dudas, mejor consúltalo con tu asesor antes de deducirlo.
