Cuándo puede haber facturas sin IVA
- Tu actividad está exenta de IVA por ley.
- Facturas a una empresa de la UE con NIF-IVA validado en VIES (inversión del sujeto pasivo).
- Exportas servicios o bienes a clientes de fuera de la UE.
- Otros supuestos puntuales (ciertos servicios prestados a entidades específicas).
Actividades exentas
Algunas actividades están exentas en España por su naturaleza:
- Sanidad (médicos, fisioterapeutas, psicólogos con titulación oficial).
- Formación reglada (enseñanza incluida en planes oficiales).
- Ciertas operaciones financieras y de seguros.
Clientes extranjeros
Si tu cliente está fuera de España, las reglas cambian. Lo explicamos a fondo en la guía de facturar a clientes extranjeros: depende de si está en la UE, fuera de la UE y de si es empresa o particular.
Operaciones intracomunitarias
Si facturas un servicio a una empresa de otro país de la UE con NIF-IVA válido (VIES) y tú estás dado de alta en el ROI, la factura suele ir sin IVA español con la mención "inversión del sujeto pasivo" / "reverse charge". Habrá que declarar esa operación en el modelo 349.
Diferencia entre no sujeto, exento y 0 %
- No sujeto: la operación queda fuera del ámbito del IVA español.
- Exento: está dentro del IVA pero la ley la libera de tributar.
- Tipo 0 %: sujeta y no exenta, pero con tipo cero (caso muy concreto).
Qué texto incluir en la factura
- "Operación exenta de IVA conforme al art. 20 LIVA" (actividades exentas).
- "Inversión del sujeto pasivo" / "Reverse charge" (intracomunitarias B2B).
- "Operación no sujeta" (cuando la operación queda fuera del IVA español).
- "Exportación de servicios" o "Exportación de bienes" (clientes fuera de la UE).
Ejemplo práctico
Laura es desarrolladora autónoma en Madrid, dada de alta en el ROI. Factura 2.500 € a una empresa francesa con NIF-IVA validado en VIES. Emite la factura sin IVA con la mención "Inversión del sujeto pasivo — Art. 196 Directiva 2006/112/CE" y la declara en el modelo 349 del trimestre. Si esa misma factura fuera a un particular francés, normalmente llevaría IVA español del 21 %.
Errores frecuentes
- Pensar que existe una "franquicia de IVA" en España para autónomos con pocos ingresos: no la hay.
- Emitir sin IVA a una empresa de la UE sin haberse dado de alta antes en el ROI.
- No comprobar el NIF-IVA del cliente UE en VIES antes de emitir sin IVA.
- Omitir el texto obligatorio ("operación exenta", "inversión del sujeto pasivo", "exportación de servicios") en la factura.
- No declarar las facturas sin IVA en sus casillas específicas del modelo 303.
¿Puedo emitir todas mis facturas sin IVA si gano poco?
No. En España no existe la franquicia de IVA para autónomos por bajo volumen. Cobras IVA según tu actividad, no según tus ingresos.
¿Y si mi cliente UE no tiene NIF-IVA?
Si no está en VIES o es particular, normalmente la factura lleva IVA español. Confírmalo antes de emitir.
¿Una factura exenta cuenta para el modelo 303?
Sí. Las facturas exentas o sin IVA por inversión del sujeto pasivo también se declaran, en sus casillas específicas.
¿Si soy formador online soy exento?
Depende del tipo de formación. La enseñanza reglada y oficial puede estarlo; la formación libre o el coaching, normalmente no. Consulta con tu asesor.